Mostrar el registro sencillo del ítem

dc.contributor.advisorRodríguez Mejías, Franciso J
dc.contributor.authorTrejo Guerrero, Alfredo
dc.contributor.otherMorillo de Garcia, Aura
dc.contributor.otherMoncada Tomassetti, Imaira
dc.date.accessioned2023-05-10T15:08:42Z
dc.date.available2023-05-10T15:08:42Z
dc.date.issued2016-03-15
dc.identifier.urihttp://bdigital2.ula.ve:8080/xmlui/654321/10679
dc.descriptionMagíster Scientiae en Derecho Procesal Penalen_US
dc.descriptionCota :KHW5819 T7en_US
dc.descriptionBiblioteca :Tulio Febres Cordero (siglas: eub)en_US
dc.description.abstractLos ciudadanos gozan de sus derechos a la libertad e intimidad de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), sin embargo, esos derechos pueden restringirse en circunstancias autorizadas por el legislador para garantizar el orden y la paz social. Concretamente, las autoridades pueden afectar la libertad y la intimidad cuando se tiene conocimiento de la presunta comisión de un hecho delictivo. El Estado cuando por cualquiera de los medios previstos en el Código Orgánico Procesal Penal (COPP) tiene conocimiento a través de los órganos policiales de la comisión de un delito o que el mismo está por cometerse interviene para perseguir al delincuente, cumpliendo con unos preceptos denominados reglas de actuación policial y una de las diligencias de investigación de rutina es la inspección personal. Este trabajo tiene como finalidad analizar la relevancia jurídica de la inspección personal en presencia de testigos en el contexto del sistema acusatorio venezolano. Se realizó un estudio documental, analítico y crítico de la información contenida en fuentes documentales y se concluyó que el legislador hace referencia a dos (02) formalidades de especial análisis: La práctica de la actuación con el debido respeto a la dignidad, exigiendo que se ejecutará por personas del mismo sexo y la eventual ubicación de testigos si es posible para que presencien la inspección personal. De la redacción de los artículos 191 y 192 del COPP la presencia de testigos se considera como un requerimiento que no afecta la validez del procedimiento policial tomando como referencia normas de Derecho Comparado tendría consecuencias positivas para el proceso penal la reforma de estos dispositivos o la propuesta de lineamientos dirigidos a crear conciencia de la importancia de la ubicación de testigos para ofrecer al Tribunal un material probatorio suficiente en sí mismo.en_US
dc.format.extentix, 114 hojasen_US
dc.language.isoesen_US
dc.publisherUniversidad de Los Andes, Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas, Maestría en Derecho Procesal Penaen_US
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ve/en_US
dc.subjectActuación policialen_US
dc.subjectDiligencia de investigaciónen_US
dc.subjectProcedimientoen_US
dc.subjectInspección personal.en_US
dc.titleRelevancia jurídica de la inspección personal en presencia de testigos en el contexto del Sistema Acusatorio Venezolanoen_US
dc.typeThesisen_US


Ficheros en el ítem

Thumbnail

Este ítem aparece en la(s) siguiente(s) colección(ones)

Mostrar el registro sencillo del ítem

http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ve/
Excepto si se señala otra cosa, la licencia del ítem se describe como http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ve/