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dc.contributor.authorVillarreal Hernández, Jesús A.
dc.contributor.authorRodríguez Faría, José J.
dc.date.accessioned2019-05-30T04:42:13Z
dc.date.available2019-05-30T04:42:13Z
dc.date.issued2016-05-26
dc.identifier.citationJesús A. Villarreal Hernández y José J. Rodríguez Faríaen_US
dc.identifier.issn1316-5852
dc.identifier.urihttp://bdigital2.ula.ve:8080/xmlui/654321/1870
dc.description.abstractEl Ius Puniendi como poder Estatal, reviste las facultades para sancionar, los actos reputados por la ley penal como típicamente antijurídicos y en el marco de un Estado Democrático, Social, de Derecho y de Justicia, existen un conjunto de garantías, que limitan el ejercicio del citado poder punitivo, para así evitar el ejercicio de castigos repetidos, prohibidos expresamente por la Constitución Nacional. El propósito del presente trabajo, es delimitar la inconstitucionalidad de los artículos 33 y 39 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra la Corrupción, publicado en decreto Nº 1410 del 19 de Noviembre de 2014. La metódica investigativa empleada para develar las conclusiones del presente trabajo, consistió en una revisión documental exploratoria, usando el método analítico, para seleccionar los constructos doctrinarios, legales y jurisprudenciales, de los cuales se desprenden los soportes bajo los cuales se concluye, que las normas analizadas, representan una dualidad sancionatoria, que menoscaban el principio non bis in idem y violan flagrantemente el contenido del artículo 49 de la Carta Magna.en_US
dc.language.isoesen_US
dc.publisherUniversidad de Caraboboen_US
dc.subjectdualidad sancionatoriaen_US
dc.subjectnon bis in idemen_US
dc.subjectinconstitucionalidaden_US
dc.titleConsideraciones sobre la inconstitucionalidad de la dualidad sancionatoria prevista en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra la Corrupciónen_US
dc.typeArticleen_US


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