Observaciones preliminares sobre las excepciones de inadmisibilidad presentadas por Venezuela ante la Corte Internacional de Justicia en relación con la demanda planteada por Guyana sobre la validez/nulidad del Laudo Arbitral de 1899
Resumen
La Corte Internacional de Justicia decidió en diciembre de 2020 que
era competente para conocer la controversia que introdujo Guyana sobre la validez del laudo arbitral del 3 de octubre de 1899 al considerar que Venezuela había
expresado su consentimiento en aceptar su jurisdicción, mediante el Acuerdo de
Ginebra suscrito con el Rino Unido en febrero de 1966, al cual adhiere Guyana
después de su independencia. Venezuela ha rechazado reiteradamente tal decisión
y planteo en julio de este año, antes de presentar su Contramemoria en cuanto al
fondo de la controversia, unas excepciones preliminares de inadmisibilidad de dicha demanda en las cuales solicita a la Corte que declare que el Reino Unido es
parte indispensable en el proceso y que como tal debe participar en el mismo y que
por lo tanto decida la suspensión del procedimiento al adoptar tales excepciones. The International Court of Justice decided in December 2020 that it
was competent to hear the dispute introduced by Guyana on the validity of the arbitral award of October 3, 1899, considering that Venezuela had expressed its consent to accept its jurisdiction, through the Geneva Agreement signed with the United Kingdom in February 1966, to which Guyana adheres after its independence.
Venezuela has repeatedly rejected that decision and raised in July of this year, before presenting its Counter-Memorial on the merits of the dispute, preliminary objections of inadmissibility of said claim, in which it requests the Court to declare
that the United Kingdom is an indispensable party in the process and that as such
it must participate in it and therefore decide to suspend the proceedings by adopting such exceptions.