La inconstitucionalidad por omisión legislativa y su aplicación por parte de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia
Resumen
El presente trabajo consiste en una investigación dirigida a estudiar el instituto de la inconstitucionalidad por omisión legislativa expresamente previsto en el artículo 336.7 de la Constitución así como su aplicación por parte de la jurisdicción constitucional en Venezuela. Para su desarrollo, se aborda el fundamento constitucional y legal del instrumento adjetivo, su concepto, justificación, modalidades, legitimación, procedimiento, objeto, la necesidad de una violación concreta para su debido conocimiento y resolución, normas constitucionales objeto de tutela y el contenido de la sentencia que la declara para concluir, con fundamento en un criterio propio del autor y poniendo especial énfasis en la actuación que la Sala cúspide de la justicia constitucional ha llevado a cabo en torno a la designación de los rectores del Consejo Nacional Electoral, en una postura que asegure el racional uso de la figura objeto de tratamiento así como el equilibrio que entre los Poderes Públicos debe imperar. The present work consists of an investigation directed to study the institute of the unconstitutionality by legislative omission expressly foreseen in article 336.7 of the Constitution as well as its application by the constitutional jurisdiction in Venezuela. For its development, the constitutional and legal basis of the adjective instrument, its concept, justification, modalities, legitimation, procedure, object, the need for a specific violation for its due knowledge and resolution, constitutional rules subject to protection and the content of the sentence that declares it to conclude, based on the author's own criteria and placing special emphasis on the actions that the highest chamber of constitutional justice has carried out around the appointment of the rectors of the National Electoral Council,in a posture that ensures the rational use of the figure object of treatment as well as the balance that must prevail between the Public Powers.