Las costas en los procesos acumulativos civiles
Resumen
El demandante de una querella en la cual acumuló pretensiones incompatibles entre sí, una principal, y la o las otras eventuales o subsidiarias, siempre tendrá derecho a constituirse en acreedor del demandado en el pago de las costas procesales, de haber resultado vencedor, a través de la estimatoria con lugar de parte del Juez, de una de las pretensiones distintas a la principal. Esto se rige con arreglo a la previsión contenida en el segundo y último acápite del artículo 78 del Código de Procedimiento Civil. The claimant that invoke incompatible petitions (main and subsidiaries) has the right to become a creditor of the defendant for the payment of the court costs, if at least one of the secondary petitions has been accepted by the Court. This is in accordance with the first and last paragraph of article 78 of the Civil Procedure Code.