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dc.contributor.authorArellano G., Leylan A.
dc.date.accessioned2025-08-13T14:13:43Z
dc.date.available2025-08-13T14:13:43Z
dc.date.issued2025-07
dc.identifier.govdocPPI 201202ME4105
dc.identifier.issn2244-8861
dc.identifier.urihttp://bdigital2.ula.ve:8080/xmlui/654321/20510
dc.description.abstractEl Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia define etimológicamente la deontología como “Ciencia o tratado de los deberes”. Referirse a la deontología o a la ética profesional es involucrar las obligaciones asignadas a los profesionales en ejercicio; estas, se recogen y plasman en los denominados códigos deontológicos1. Una conclusión del trabajo sobre la bioética como disciplina, de Bermeo de Rubi y Pardo Herrera I2, señala que “Se debe apelar al deber ético de ser solidarios con quien lo necesita, en procura de servir compasiva y competentemente, brindando al paciente la asistencia basada en el amor y la confianza que este valor moral puede lograr”.en_US
dc.language.isoesen_US
dc.publisherUniversidad de los Andesen_US
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ve/en_US
dc.titleEditorial : La práctica odontológica en el adulto mayor debe realizarse con valores deontológicosen_US
dc.typeOtheren_US


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