La responsabilidad trubutaria de las empresas de radiodifusión venezolana
Fecha
2016-12-01Autor
García Vilchez, Elaini del Carmen
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RESUMEN
El propósito del estudio estuvo en explorar características o propiedades no conocidas hasta ahora o conceptos que se consideran insuficientes con respecto a la responsabilidad tributaria de las empresas de radiodifusión venezolana; para tal efecto se hizo el análisis de la normativa vigente sobre tributación en las telecomunicaciones, desde la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela hasta las leyes especiales que regulan la materia, como son: la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, la Ley de Responsabilidad Social En Radio, Televisión y Medios Electrónicos y la Ley de Impuesto Sobre la Renta, que norman los tributos que deben cancelar los prestadores de servicios de radiodifusión, con la finalidad de cooperar con el financiamiento del Estado. En este sentido se hizo un estudio documental-descriptivo, a través del cual se llegó a las siguientes conclusiones: la legislación vigente establece que las empresas prestadoras del servicio de radiodifusión en Venezuela deben cancelar al Fisco Nacional un impuesto y una contribución especial por la explotación de tales servicios; al igual que una tasa por el uso del espectro radioeléctrico y demás trámites. Asimismo, tienen la obligación de aportar una contribución parafiscal que conformará el patrimonio del Fondo de Responsabilidad Social. En relación a la aplicabilidad de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISLR), se determinó que esta Ley grava los enriquecimientos anuales, netos y disponibles, en razón del ejercicio de tal actividad económica.

