Mostrar el registro sencillo del ítem

dc.creatorJiménez Mazzey, Solange Maríaes
dc.creatorBello Atencio, Mariadelaes
dc.date2013-01-02
dc.date.accessioned2026-07-31T13:19:34Z
dc.date.available2026-07-31T13:19:34Z
dc.identifierhttps://ojs.urbe.edu/index.php/civitas/article/view/225
dc.identifier.urihttp://bdigital2.ula.ve:8080/xmlui/654321/26641
dc.descriptionEl artículo estuvo dirigido a analizar la obediencia legítima y debida como eximente de responsabilidad por ilícitos tributarios sancionados con penas restrictivas de libertad, tomando como referencia los planteamientos de Giuliani (2003), Jarach (2003), Villegas (2007), Grisanti (2003), Arteaga (2006), entre otros. El tipo de investigación fue jurídica, documental y descriptiva; con diseño documental, no experimental. Se analizaron las leyes y doctrina con el uso del fólder y el fichaje. La información fue analizada con técnicas documentales y hermenéutica jurídica. Los resultados indicaron que los ilícitos tributarios sancionados con penas restrictivas de libertad de conformidad con el Código Orgánico Tributario (Asamblea Nacional, 2001) incluyen la defraudación tributaria, falta de enteramiento y divulgación de información. El régimen de responsabilidad incluye la sanción de prisión. Se concluyó que en la legislación tributaria venezolana, se consideran los tipos penales respecto a los ilícitos tributarios, siendo eximidos de responsabilidad, siempre y cuando se demuestre que el sujeto no incurrió en los hechos de forma voluntaria, sino por el mandato de un superior en cualquiera de las jerarquías administrativas, donde priva el desconocimiento del mandato antijurídico o exigibilidad de otra conducta; por lo cual se considera no punible el que obra en virtud de obediencia legítima y debida.es
dc.formatapplication/pdf
dc.languagees
dc.publisherCIVITASes
dc.relationhttps://ojs.urbe.edu/index.php/civitas/article/view/225/196
dc.sourceCIVITAS; Vol. 1 Núm. 1 (2013); 29 - 40es
dc.subjectEl artículo estuvo dirigido a analizar la obediencia legítima y debida como eximente de responsabilidad por ilícitos tributarios sancionados con penas restrictivas de libertad, tomando como referencia los planteamientos de Giuliani (2003), Jarach (2003), Villegas (2007), Grisanti (2003), Arteaga (2006), entre otros. El tipo de investigación fue jurídica, documental y descriptiva; con diseño documental, no experimental. Se analizaron las leyes y doctrina con el uso del fólder y el fichaje. La información fue analizada con técnicas documentales y hermenéutica jurídica. Los resultados indicaron que los ilícitos tributarios sancionados con penas restrictivas de libertad de conformidad con el Código Orgánico Tributario (Asamblea Nacional, 2001) incluyen la defraudación tributaria, falta de enteramiento y divulgación de información. El régimen de responsabilidad incluye la sanción de prisión. Se concluyó que en la legislación tributaria venezolana, se consideran los tipos penales respecto a los ilícitos tributarios, siendo eximidos de responsabilidad, siempre y cuando se demuestre que el sujeto no incurrió en los hechos de forma voluntaria, sino por el mandato de un superior en cualquiera de las jerarquías administrativas, donde priva el desconocimiento del mandato antijurídico o exigibilidad de otra conducta; por lo cual se considera no punible el que obra en virtud de obediencia legítima y debida.es
dc.titleObediencia legítima y debida como eximente de responsabilidad por ilícitos tributarios sancionados con pena restrictivas de la libertades
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/article
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/publishedVersion
dc.typeArtículo revisado por pareses


Ficheros en el ítem

FicherosTamañoFormatoVer

No hay ficheros asociados a este ítem.

Este ítem aparece en la(s) siguiente(s) colección(ones)

Mostrar el registro sencillo del ítem