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dc.contributor.authorNiño Andrade, David
dc.date.accessioned2019-02-04T15:35:16Z
dc.date.available2019-02-04T15:35:16Z
dc.date.issued2018-04-14
dc.identifier.citationVisión Gerencial Año 17 • Nº2 • JULIO – DICIEM,BRE 2018 • p. 299- 315en_US
dc.identifier.issn1317-8822
dc.identifier.other2477-9547
dc.identifier.urihttp://bdigital2.ula.ve:8080/xmlui/654321/678
dc.description.abstractEl salario base para el cálculo trimestral de la garantía de las prestaciones sociales, previsto en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras debe integrar las alícuotas mensuales, tanto de bono vacacional como de utilidades (o bonificación decembrina). Este artículo busca resaltar la diferencia que puede surgir entre los montos que arroja el cálculo trimestral de las señaladas alícuotas y los que en definitiva corresponden al trabajador, al nacer el derecho al bono vacacional y al cierre del ejercicio económico. En efecto, al realizar el cálculo trimestral, se toma el salario correspondiente al último mes, valor con el cual se determinan dichas alícuotas, constituyendo estimaciones que, en algunos casos pueden coincidir con los montos que en definitiva correspondan, pero también podrían ser superiores o inferiores, especialmente al producirse aumentos salariales.en_US
dc.language.isoesen_US
dc.publisherUniversidad de Los Andesen_US
dc.subjecttrabajadoren_US
dc.subjectbeneficios laboralesen_US
dc.subjectsalario integralen_US
dc.subjectVenezuela.en_US
dc.titleDiferencia entre alícuotas estimadas y definitivas en el cálculo de prestaciones socialesen_US
dc.title.alternativeDifference between estimated and definitive aliquots in the calculation of social benefitsen_US
dc.typeArticleen_US


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